El odio de De Carlotto



Piden que se cierre la causa
Se lo solicitaron a la jueza los abogados de la directora de Clarín. Es porque quedó demostrado que no hay delito.

14/10/12
“Los peritos ya han determinado que ni Felipe ni Marcela son hijos de personas desaparecidas durante la dictadura militar. Inexplicablemente, la causa que involucra a la directora de Clarín aún continúa abierta”. La inexistencia de delito y el vencimiento del plazo razonable para concluir la investigación son los fundamentos de peso por los cuales los abogados de Herrera de Noble, Gabriel Cavallo y Eduardo Padilla Fox, pidieron el cierre del caso y el sobreseimiento de su defendida. Lo hicieron a través de una presentación de 19 páginas dirigida a la jueza Sandra Arroyo Salgado.
Para fundamentar su petición, los abogados se apoyaron en un elemento clave: el pronunciamiento de la Cámara Federal de San Martín del 11 de noviembre de 2003, que anuló el procesamiento de la directora, que había sido detenida de manera arbitraria en diciembre de 2002. En ese entonces, la Cámara ya sostenía que la investigación “sólo subsistía por estar sujeta al eventual resultado positivo de una prueba hematológica que está por realizarse”. Es decir: la única razón para mantener abierta la causa era el eventual resultado de los exámenes de ADN.
Las pericias genéticas se concretaron, y arrojaron “resultado negativo en todos los casos que son de interés para esta investigación”. Por tanto, se ha refutado la hipótesis de imputación: “La Sra. Ernestina Herrera de Noble no adoptó niños que se encontraban desaparecidos en el año 1976.” Los abogados destacaron en su presentación que la familia Noble Herrera siempre estuvo a disposición de la investigación. Y dejaron constancia que, en julio de 2003, los hermanos habían accedido a someterse voluntariamente al examen de histocompatibilidad.
“Este es a nuestro criterio un punto crucial”, resaltaron. “Desde junio de 2004, la Justicia tenía ordenado un peritaje para dilucidar la verdad”. La demora de casi siete años en la producción del estudio de histocompatibilidad “se debe a los múltiples recursos articulados por los querellantes para que la medida se llevara a cabo cuándo y cómo ellos lo determinaban”.
Los abogados señalaron en su escrito que en 2004 la Cámara había dictado la falta de mérito de la directora. Después de 8 años y casi igual tiempo desde que los hermanos aceptaron someterse a un análisis para determinar el posible parentesco con las familias querellantes, “la instrucción ha excedido todos los plazos razonables que pueden demandar una denuncia de estas características”.
“Ninguna demora puede ser imputada a la Sra. Ernestina Herrera de Noble porque ni el aporte del material genético, ni el cómo, el dónde y el cuándo realizar el peritaje ordenado en 2003 dependieron de su voluntad”, dijo la defensa. Y recordó que el derecho de un imputado a ser juzgado en un plazo razonable es un derecho humano individual reconocido por el derecho internacional, por Constituciones y leyes, que en este caso no se está respetando.

Publicar un comentario

0 Comentarios